En el campo de derecho de familia hay muchas áreas en las que se puede requerir el asesoramiento de un abogado especializado y de confianza. Es importante destacar que las socias de este Estudio Jurídico son mediadoras experimentadas y con su ayuda es posible que Ud. pueda resolver su conflicto pacíficamente sin mayores costos emocionales, que muchas veces pueden afectar a los menores involucrados involuntariamente en el mismo.
Si el matrimonio ha llegado a su fin, deber realizar el divorcio vincular. Hoy es simple poder realizar este trámite y obtener nuevamente la aptitud nupcial.
Puede realizarse UNILATERLMENTE o CON ACUERDO DE AMBAS PARTES, en cuyo caso nuestro estudio puede otorgar patrocinio a ambos cónyuges con honorarios más favorables tanto sea en CABA o Provincia de Buenos Aires.
¿QUE NECESITAS?
Documentación requerida en original:
Si durante el matrimonio los cónyuges adquirieron bienes en común, nuestro estudio les brinda un espacio para poder volcar sus necesidades y propiciar el diálogo entre las partes para arribar a un acuerdo respecto a la división de los mismos, o para realizar la propuesta (Convenio Regulador) dentro del trámite de divorcio.
Esta figura refiere al cuidado que los progenitores les brindan a sus hijos. Si bien no presenta ninguna duda cuando los padres conviven con el niño /niña, cuando no es así, los cuidados del menor son asumidos por el progenitor conviviente en su mayor parte.
Para determinar cómo se distribuirán las tareas y los cuidados de los niños en caso de no existir acuerdo entre sus padres, podemos iniciar la acción judicial para determinar si estas tareas se desarrollarán, de forma alternada entre los padres compartiendo con cada uno de ellos un período de tiempo igual, o indistinto caso en que principalmente reside en la casa de uno de sus padres.
Como regla general, y salvo que el Juez determine lo contrario, las decisiones que los padres deben tomar sobre sus hijos, respecto de su salud, educación, etc., son compartidas.
El progenitor No conviviente debe colaborar con la manutención y la asistencia en las tareas cotidianas de los niños.
Para determinar la cuota alimentaria se tendrán en cuenta las necesidades de los niños y las posibilidades económicas de ambos progenitores.
Si bien es importante que te asesores previamente, podes reclamar los alimentos en un primer momento enviando una carta documento. A partir del envío de la misma comenzará a acumularse la deuda y sus correspondientes intereses, que luego verificará la justicia en su cuantía.
En el caso de padres no convivientes, éstos deben acordar la modalidad para que los niños tengan fluido contacto con ambos. Si tus hijos viven con vos, tienes el deber de facilitar la comunicación de tus hijos con el progenitor no conviviente.
Puedes enviarle una carta documento poniendo a su disposición días y horarios para ello, como así un número de teléfono para que tanto los niños y/o el progenitor no conviviente puedan comunicarse asiduamente.
IMPORTANTE: En caso de no poder acordar este punto debes contactar a un abogado para que te asesore correctamente y no te encuentres comprometido/a penalmente por el impedimento de contacto de los niños con su progenitor no conviviente.
Esta presentación judicial tiene el objetivo de determinar la paternidad de una persona, por ejemplo, si el progenitor biológico se negare al reconocimiento.
IMPUGNACION DE LA PATERNIDAD: se da ante el caso de que otra persona se ha adjudicado la filiación incorrectamente.
La legitimación activa para la acción de reclamación de la filiación se concede al hijo y a sus herederos.
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